Todo riesgo contratista: qué cubre y cómo se cotiza
La póliza de cumplimiento respalda que termines la obra. El todo riesgo contratista cubre la obra mientras la construyes. Son cosas distintas y con frecuencia se confunden, hasta que pasa algo.
Qué es
El todo riesgo contratista —TRC— ampara los daños materiales que sufra la obra durante su ejecución, cualquiera sea la causa, salvo lo expresamente excluido. De ahí el nombre: en lugar de enumerar qué cubre, parte de cubrirlo todo y lista las excepciones.
Se contrata para obra civil —edificaciones, vías, redes, estructuras— y su versión para instalación de equipos se llama todo riesgo montaje. La vigencia va desde el inicio de obra hasta la entrega, con un periodo adicional de mantenimiento.
Qué cubre
- Daños a la obra en construcción. Incendio, explosión, colapso estructural, daños durante el manejo de materiales.
- Eventos de la naturaleza. Terremoto, inundación, deslizamiento, vendaval. En Colombia suele ser la razón principal para contratarlo.
- Hurto y actos malintencionados. Sustracción de materiales y equipos de la obra, y daños por terceros.
- Maquinaria y equipos de construcción. Como amparo adicional, para lo que se usa en la obra sin formar parte de ella.
- Responsabilidad civil extracontractual. Daños que la obra cause a terceros o a predios vecinos.
- Remoción de escombros. El costo de retirar lo dañado antes de poder reconstruir, que muchas veces se olvida al calcular el valor asegurado.
Qué no cubre
Conocer las exclusiones evita reclamaciones que van a ser objetadas:
- Defectos de diseño, salvo que se contrate el amparo específico.
- Desgaste, corrosión y deterioro gradual.
- Multas y penalidades por retraso: eso es materia de la póliza de cumplimiento.
- Pérdidas detectadas solo en inventario, sin evento identificable.
- Daños a la obra ya recibida y en servicio, que corresponden a otra póliza.
El valor asegurado es el punto crítico. Debe corresponder al valor total de la obra terminada, incluidos materiales, mano de obra y costos indirectos, no al valor ejecutado a la fecha. Si se asegura por menos, opera la regla proporcional del artículo 1102 del Código de Comercio: la aseguradora indemniza en la misma proporción en que el valor asegurado guarde con el real. Asegurar el setenta por ciento significa recibir el setenta por ciento de cada pérdida, aunque sea parcial y pequeña.
Qué piden para cotizarlo
- Presupuesto detallado de la obra y valor total.
- Plazo de ejecución y fecha prevista de inicio.
- Ubicación exacta, que determina la exposición sísmica y de inundación.
- Descripción del tipo de obra y del sistema constructivo.
- Listado de maquinaria y equipos, si se van a amparar.
- Experiencia del contratista en obras similares.
Errores que dejan una obra sin cobertura
- Contratarlo después de iniciada la obra. La cobertura no es retroactiva; lo ejecutado antes queda fuera.
- No ampliar la vigencia al prorrogar el contrato. Si la obra se extiende y la póliza no, los últimos meses quedan descubiertos.
- Olvidar el periodo de mantenimiento. Muchos siniestros aparecen justo después de la entrega.
- No actualizar el valor por adiciones. Cada adición al contrato aumenta el valor de la obra y, si la póliza no se ajusta, activa la regla proporcional.
Cómo te acompañamos
Revisamos el presupuesto para que el valor asegurado sea el correcto, ajustamos vigencias a las prórrogas y adiciones del contrato, y gestionamos la expedición ante Seguros del Estado. Si ya tienes una póliza vigente, podemos revisarla antes de que aparezca el siniestro.
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